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Ley Vigente

Artículo 105. Órganos competentes.

Artículo 105 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

1. La competencia para la incoación y resolución del procedimiento sancionador previsto en este capítulo y, en su caso, la imposición de sanciones corresponde a la dirección general competente en materia de actividad física y deporte.

2. La competencia para la instrucción y propuesta de resolución del citado procedimiento sancionador corresponde al instructor designado en el acto de iniciación del procedimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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