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Ley Vigente

Artículo 105. Depuración física y jurídica.

Artículo 105 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2026-944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-20.

Texto consolidado

Con carácter previo a cualquier negocio jurídico de disposición de un bien o derecho, será necesaria la depuración de su situación física y jurídica.

No obstante, podrán realizarse actos de disposición sin sujeción a lo dispuesto en el párrafo anterior siempre que estas circunstancias se pongan en conocimiento de la persona adquirente y sean aceptadas por esta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-20.

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