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Ley Vigente

Artículo 104.

Artículo 104 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Texto consolidado

1. El Consorcio Sanitario de Barcelona es un ente público de carácter asociativo, constituido por la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona, con la finalidad de dirigir y coordinar la gestión de los centros, servicios y establecimientos de atención sanitaria, socio-sanitaria y los de promoción y protección de la salud de la región sanitaria del municipio de Barcelona.

2. El Consorcio Sanitario de Barcelona debe dotarse de los órganos de gobierno y de gestión necesarios para llevar a cabo sus finalidades, de acuerdo con lo que se disponga en sus estatutos, que deben respetar, en cualquier caso, lo establecido en el artículo 103.4.

3. La participación en el ejercicio de funciones sanitarias en el ámbito territorial de la región sanitaria de Barcelona que cualquier disposición atribuya a entidades u órganos locales supramunicipales corresponde, exclusivamente, al Ayuntamiento de Barcelona.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

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