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Ley Foral Derogada

Artículo 103. Sanciones administrativas.

Artículo 103 de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia. · BOE-A-2006-1

Atención: Ley Foral 15/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las infracciones tipificadas en el presente Título serán sancionadas de la forma siguiente:

1. Infracciones leves: amonestación por escrito o multa de hasta 6.000 euros.

2. Infracciones graves: multa de 6.001 a 120.000 euros.

3. Infracciones muy graves: multa de 120.001 a 600.000 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-03.

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