Artículo 103. Modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre de la Generalitat Valenciana, forestal de la Comunitat Valenciana.
Artículo 103 de la Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado. · BOE-A-2026-15683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-03.
Texto consolidado
La Ley 3/1993, de 9 de diciembre, forestal de la Comunitat Valenciana, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica la letra h) del apartado 1 en el artículo 24, que queda con la siguiente redacción:
«Artículo 24.
1. La administración forestal, previa información pública, podrá declarar determinadas áreas forestales como zonas de actuación urgente (ZAU) con el fin de conservarlas, restaurarlas, rehabilitarlas o defenderlas ante riesgos y vulnerabilidades, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
[…]
h) Terrenos situados en zonas de alto riesgo de incendio forestal definidas en el artículo 55.9.
[…].»
Dos. Se suprime el artículo 81.
Tres. Se suprime el artículo 82.
Cuatro. Se suprime el artículo 83.
Cinco. Se suprime el artículo 84.
Más artículos de Ley 3/2026
- ← Artículo 102. Modificación de la Ley 2/2025, de 15 de abril, de medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tare…
- → Artículo 104. Modificación de la Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de vías pecuarias de la Comunitat Val…
- Ver la norma completa: Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.