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Real Decreto Legislativo Vigente

Artículo 102. Autorización de vertido en acuíferos y aguas subterráneas.

Artículo 102 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. · BOE-A-2001-14276

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-25.

Texto consolidado

Cuando el vertido pueda dar lugar a la infiltración o almacenamiento de sustancias susceptibles de contaminar los acuíferos o las aguas subterráneas, sólo podrá autorizarse si el estudio hidrogeológico previo demostrase su inocuidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-25.

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