El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente 2 redacciones

Artículo 102. Prescripción de las sanciones.

Artículo 102 de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra. · BOE-A-2006-844

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-13.

Texto consolidado

Las sanciones administrativas impuestas por infracciones en el ejercicio de la caza prescribirán las muy graves a los tres años, las graves a los dos y las leves al año, a contar desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.#df

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-13.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, de Gestión Piscícola de Navarra..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley Foral 17/2005

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 17/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.