Artículo 102. Legitimación para recurrir las sanciones.
Artículo 102 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. · BOE-A-2019-4455
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-05.
Texto consolidado
Están legitimadas para interponer recurso en materia disciplinaria las personas sancionadas, así como las entidades deportivas a las que pertenezcan y las entidades deportivas participantes en la competición.