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Real Decreto Vigente

Artículo 101. Concepto.

Artículo 101 del Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras. · BOE-A-1994-20934

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-10-13.

Texto consolidado

Se consideran accesos a una carretera estatal:

a) Las conexiones de ésta con las vías de servicio de la propia carretera o con otras vías no estatales.

b) Las entradas y salidas directas de vehículos a núcleos urbanos e industriales, y a fincas y predios colindantes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-10-13.

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