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Ley Vigente

Artículo 101. Valores representativos de la Deuda Pública Autonómica.

Artículo 101 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja. · BOE-A-2013-11692

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

Texto consolidado

1. La Deuda Pública Autonómica podrá estar representada en anotaciones en cuenta, títulos-valores o cualquier otro documento que formalmente la reconozca.

2. A los valores representativos de la Deuda Pública Autonómica les será de aplicación el régimen establecido por el ordenamiento jurídico general según la modalidad y las características de la misma.

3. El titular de valores representativos de la Deuda Pública Autonómica tendrá la consideración de acreedor de la Comunidad Autónoma de La Rioja aun cuando hubiera pactado con el vendedor, incluso simultáneamente a la compra de los valores, su futura venta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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