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Ley Vigente

Artículo 101. Concepto de licencia deportiva.

Artículo 101 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

Texto consolidado

1. La licencia deportiva acredita la práctica de la actividad o de la competición deportiva federativa o escolar, y comporta la autorización y la vinculación con el organizador de estas.

2. Serán competentes para expedir licencias deportivas la Administración deportiva autonómica y las federaciones deportivas riojanas, de acuerdo con lo que se establece en la presente ley y en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

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