Artículo 101. Polígonos ganaderos.
Artículo 101 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. · BOE-A-2014-3562
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-21.
Texto consolidado
Reglamentariamente se determinarán las condiciones que deberá reunir el polígono único o polígonos ganaderos en los que se dividan los terrenos sometidos a ordenación común de pastos.