Artículo 100. Terrenos con condicionantes específicos.
Artículo 100 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. · BOE-A-2014-3562
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-21.
Texto consolidado
Reglamentariamente se determinarán aquellos terrenos sometidos a ordenación común que revistan condicionantes específicos que incidan en el régimen ordinario de aprovechamiento, así como el procedimiento para su declaración, y los condicionantes aplicables a su aprovechamiento.