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Ley Vigente

Artículo 101. Formalización de los Convenios de Cooperación.

Artículo 101 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja. · BOE-A-2003-5909

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-06-11.

Texto consolidado

1. Los instrumentos de formalización de los convenios de cooperación deberán especificar:

a) Las entidades que suscriben el convenio.

b) La competencia que ejerce cada Administración.

c) Su financiación.

d) La definición de los mecanismos de asistencia técnica, coordinación o actuación conjunta previstos para hacer efectiva la cooperación.

e) Los derechos y obligaciones de las partes.

f) El plazo de vigencia, sin perjuicio de que se pueda prorrogar si lo acuerdan las partes firmantes.

g) Los mecanismos de solución de conflictos o de denuncia del convenio y la extinción por causas distintas a la anterior, así como las actuaciones pertinentes en el supuesto de extinción.

2. Cada convenio deberá ir acompañado de una memoria donde consten los antecedentes, razones de oportunidad y objetivos perseguidos con su formalización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-06-11.

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