Artículo 100. Servicios de apoyo.
Artículo 100 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
Para el desempeño de sus funciones, se facilitará al Consejo Social la utilización de los servicios de la Universidad y el establecimiento de una organización de apoyo básico, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.