Artículo 100. Duración del mandato.
Artículo 100 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987
Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La duración del mandato del Rector será de cuatro años, y podrá ser reelegido por una sola vez consecutiva.