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Ley Derogada 5 redacciones

Artículo 100. Infracciones muy graves.

Artículo 100 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-18545

Atención: Ley 6/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituyen infracciones muy graves:

1.º La reincidencia en las infracciones graves.

2.º Las recogidas en el artículo anterior si de ellas se desprende daño de imposible o difícil reparación a los derechos de los menores.

3.º (Derogado).

4.º El incumplimiento de lo establecido por el artículo 34.1.a), referido a la inclusión en las emisiones de televisión de programas, escenas o mensajes de cualquier tipo que puedan perjudicar seriamente el desarrollo físico, mental o moral de los menores.#ddunica.#da-2.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-28.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos..

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