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Ley Vigente

Artículo 100. Multas coercitivas.

Artículo 100 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. · BOE-A-1998-17524

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-19.

Texto consolidado

Independientemente de las sanciones que procedan conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, el órgano competente podrá, previo requerimiento, imponer a quienes se hallaren sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley multas coercitivas de hasta 100.000 pesetas, reiteradas por períodos de un mes, hasta obtener el cumplimiento de lo ordenado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-19.

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