Artículo 100. Tipos.
Artículo 100 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. · BOE-A-2011-2544
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
A efectos de la presente ley, las sociedades mercantiles públicas y las fundaciones públicas que cumplan los requisitos previstos en este capítulo se considerarán sector público autonómico.