Artículo 100. Trazabilidad.
Artículo 100 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia. · BOE-A-2009-805
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-16.
Texto consolidado
A lo largo de todo el proceso de comercialización, los productos pesqueros habrán de estar correctamente identificados y cumplir la normativa vigente en materia de comercialización.