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Resolución Vigente

Artículo 10. Responsabilidad.

Artículo 10 de la Resolución de 16 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula el Registro Electrónico del organismo. · BOE-A-2010-5212

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-31.

Texto consolidado

El Servicio Público de Empleo Estatal no responderá del uso fraudulento que los usuarios del sistema puedan llevar a cabo de los servicios prestados mediante administración electrónica. A estos efectos dichos usuarios, asumen con carácter exclusivo la responsabilidad de la custodia de los elementos necesarios para su autenticación en el acceso a estos servicios de administración electrónica, el establecimiento de la conexión precisa y la utilización de la firma electrónica, así como de las consecuencias que pudieran derivarse del uso indebido, incorrecto o negligente de los mismos. Igualmente será responsabilidad del usuario la adecuada custodia y manejo de los ficheros que le sean devueltos por el registro electrónico como acuse de recibo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-03-31.

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