Artículo 10. Competencias del Pleno.
Artículo 10 del Real Decreto 95/2006, de 3 de febrero, por el que se crea la Comisión para la conmemoración del II Centenario de la Constitución de 1812. · BOE-A-2006-2451
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-15.
Texto consolidado
Son competencias del Pleno:
a) Ser informado de los programas de actividades de la Comisión.
b) Supervisar la ejecución de los programas de actividades.
c) Apoyar y alentar las actividades de otros organismos y entidades públicas y privadas, así como de particulares que considere adecuadas para la conmemoración de este II Centenario.