Artículo 10. Destinos de provisión por antigüedad.
Artículo 10 del Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2017-10832
Atención: Real Decreto 848/2017 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son destinos de provisión por antigüedad los que se asignan por el orden de escalafón de los interesados que cumplan los requisitos exigidos para desempeñar el puesto de trabajo.