Artículo 10. Criterios clínicos para exposiciones médicas y dosis de referencia.
Artículo 10 del Real Decreto 815/2001, de 13 de julio, sobre justificación del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas. · BOE-A-2001-13626
Atención: Real Decreto 815/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Dirección General de Salud Pública y Consumo adoptará medidas para que los Médicos prescriptores dispongan de recomendaciones sobre criterios clínicos de referencia en exposiciones médicas, que incluyan las dosis de referencia para los distintos tipos de procedimientos.
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