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Real Decreto Vigente

Artículo 10. Profesorado con más de una especialidad.

Artículo 10 del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias. · BOE-A-2022-16194

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-06.

Texto consolidado

El profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional que posea más de una especialidad en ese cuerpo, y pase a estar integrado en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, mantendrá la atribución docente como Profesor de Enseñanza Secundaria en aquellas especialidades del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional de las que sea titular a fecha de su integración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-06.

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