Artículo 10. Profesorado con más de una especialidad.
Artículo 10 del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias. · BOE-A-2022-16194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-06.
Texto consolidado
El profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional que posea más de una especialidad en ese cuerpo, y pase a estar integrado en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, mantendrá la atribución docente como Profesor de Enseñanza Secundaria en aquellas especialidades del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional de las que sea titular a fecha de su integración.
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