Artículo 10. Escala técnica.
Artículo 10 del Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-8698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-04.
Texto consolidado
En la escala técnica del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Mecánica.
b) Sin contenido.
c) Construcción.
d) Telecomunicaciones y Electrónica.
Se deja sin contenido el apartado b) por el art. único.5 del Real Decreto 595/2016, de 2 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-11478.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-11478.