El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 10. Competencia general del ciclo final de grado medio en judo y defensa personal.

Artículo 10 del Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. · BOE-A-2011-10781

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

Texto consolidado

La competencia general del ciclo final de grado medio en judo consiste en adaptar, dirigir y dinamizar el entrenamiento básico y el perfeccionamiento técnico en la etapa de tecnificación en judo y defensa personal; organizar, acompañar y tutelar a los judokas durante su participación en actividades, competiciones y eventos propias de este nivel; gestionar los recursos materiales necesarios y coordinar las actividades de los técnicos a su cargo; organizar actividades, competiciones y eventos del nivel de iniciación deportiva; todo ello conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia, en condiciones de seguridad y con el nivel optimo de calidad que permita la satisfacción de los judokas participantes en la actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

Más artículos de Real Decreto 706/2011

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 706/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.