Artículo 10. Seguimiento y control de las ayudas.
Artículo 10 del Real Decreto 648/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos durante 2011, en el marco del Plan de acción 2010-2012 del Plan integral de impulso al vehículo eléctrico en España 2010-2014. · BOE-A-2011-8125
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-11.
Texto consolidado
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, realizará por muestreo actuaciones de seguimiento y control de las ayudas concedidas al amparo de este real decreto, sin perjuicio de las que correspondan realizar en virtud de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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