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Real Decreto Vigente

Artículo 10. Pago del precio.

Artículo 10 del Real Decreto 541/2001, de 18 de mayo, por el que se establecen determinadas especialidades para la contratación de servicios de telecomunicación. · BOE-A-2001-11051

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-09-09.

Texto consolidado

El pago por los servicios contratados se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

La facturación o certificación de la realización de la prestación y del precio que corresponda se realizará por períodos vencidos una vez descontadas, si procede, las reducciones previstas en el pliego.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-09-09.

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