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Real Decreto Vigente

Artículo 10. Relación numérica profesor-alumnado en los centros de enseñanzas artísticas profesionales de danza.

Artículo 10 del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2010-5662

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-10.

Texto consolidado

En las enseñanzas profesionales de danza, la relación numérica profesorado-alumnado será, como máximo, de 1/30 en las clases teóricas y de un máximo de 1/15 en las clases prácticas, sin perjuicio de que en la normativa reguladora del plan de estudios la Administración educativa determine grupos más reducidos para la impartición de determinadas asignaturas prácticas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-04-10.

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