Artículo 10. Subdirección General de Gestión de Prestaciones
Artículo 10 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social. · BOE-A-1997-86
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-09-18.
Texto consolidado
Compete a esta Subdirección General:
1. La ordenación administrativa de la gestión de las prestaciones económicas, excepto las previstas en el artículo 11.
2. El diseño, la implantación y el seguimiento de los procesos de trabajo aplicados al reconocimiento, suspensión y extinción del derecho a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, así como el seguimiento de su gestión.
3. La administración y el control del derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social, excepto las previstas en el artículo 11.
4. La gestión y el funcionamiento del Registro de prestaciones sociales públicas.
5. El reconocimiento y control de la condición de persona asegurada y beneficiaria, ya sea como titular, familiar o asimilado, a efectos de su cobertura sanitaria.
6. El reconocimiento y control del derecho a la compensación económica para las víctimas del amianto.
Téngase en cuenta que el apartado 6, añadido por la disposición final 2.2 del Real Decreto 483/2025, de 17 de junio, Ref. BOE-A-2025-12312, entra en vigor el 18 de septiembre de 2025, según determina su disposición final 4.
Se suprime el apartado 6 por el art. único.5 del Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-15283
Redactadas las letras a) y c) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 231, de 24 de septiembre de 2004. Ref. BOE-A-2004-16525.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 6 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-12312.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.