Artículo 10. Publicación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-01.
Texto consolidado
La publicación del convenio y de los estatutos de las AECT con domicilio social en España, así como sus modificaciones, se realizará por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en el "Boletín Oficial del Estado" una vez remitida la documentación prevista en el artículo 8.2.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 45, de 21 de febrero de 2015. Ref. BOE-A-2015-1763.
Más artículos de Real Decreto 23/2015
- ← Artículo 9. Modificación del convenio y de los estatutos.
- → Artículo 11. Control de la gestión de fondos públicos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 23/2015, de 23 de enero, por el que se adoptan las medidas necesarias para la aplicación efectiva del Reglamento (CE) n.º 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT), modificado por el Reglamento (UE) n.º 1302/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en lo que se refiere a la clarificación, a la simplificación y a la mejora de la creación y el funcionamiento de tales agrupaciones.