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Real Decreto Derogada

Artículo 10. Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.

Artículo 10 del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas. · BOE-A-1997-19126

Atención: Real Decreto 1270/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales, con nivel orgánico de Subdirección General, tiene a su cargo el apoyo jurídico al Director del organismo, así como el desarrollo de las relaciones internacionales en materia de propiedad industrial, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores.

2. Le corresponden, en particular, las siguientes funciones:

a) Estudiar y proponer las modificaciones que sean necesarias introducir en la legislación vigente sobre propiedad industrial.

b) Preparar informes sobre los anteproyectos de ley y demás disposiciones de carácter general.

c) Elaborar los informes y dictámenes sobre cuestiones referentes a la propiedad industrial que sean solicitados por autoridades, tribunales y entidades oficiales.

d) Estudiar, clasificar y coleccionar las disposiciones legales, jurisprudencia y trabajos doctrinales relacionados con la propiedad industrial, y estar al corriente de la legislación comparada en esta materia.

e) Cuidar de la correcta aplicación, dentro de las competencias del organismo, de los convenios internacionales vigentes sobre propiedad industrial, y elevar propuestas, en su caso, sobre la participación de España en aquellos que aún no estén en vigor para ella.

f) Facilitar, de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores, las relaciones y la cooperación internacional en el campo de la propiedad industrial, manteniendo contacto con las organizaciones intergubernamentales y con cuantos organismos nacionales o internacionales, públicos o privados, se ocupan de estas materias.

g) Representar al Director del organismo, cuando sea necesario, en las reuniones internacionales a las que sea convocado o en las que deba participar la Oficina Española de Patentes y Marcas.

h) Dirigir el estudio, tramitación y propuesta de resolución de los recursos que se interpongan contra cualquier resolución del organismo, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables. Igualmente, se ocupa de las relaciones con los tribunales.

i) Preparar las reuniones y conferencias internacionales que se celebren en España en materia de propiedad industrial.

j) Prepara la memoria anual de actividades que ha de elevarse a la consideración del Consejo de Dirección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-08-31.

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