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Orden Vigente

Artículo 10. Convocatoria, contenido y desarrollo.

Artículo 10 de la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Graduado Social. · BOE-A-2012-10515

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-07.

Texto consolidado

1. La convocatoria de la prueba de aptitud se realizará por resolución del Subsecretario del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». El modelo de solicitud para la participación en las pruebas figura en el anexo II de la presente orden.

2. El programa de las pruebas de aptitud versará exclusivamente sobre el derecho positivo español laboral y de Seguridad Social y será determinado en cada convocatoria, a propuesta de la Comisión de Valoración a la que hace referencia el artículo 6 de la presente orden.

3. Las pruebas constarán de ejercicios teóricos y prácticos en lengua española, sucesivos y de carácter eliminatorio, que versarán sobre el contenido del programa y lo establecido en la convocatoria.

4. El resultado de la prueba de aptitud será valorado por la Comisión de Valoración que elevará su propuesta al Subsecretario de Empleo y Seguridad Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-08-07.

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