Artículo 10. Otros órganos del CG.
Artículo 10 de la Orden DEF/160/2019, de 21 de febrero, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Unidad Militar de Emergencias. · BOE-A-2019-2441
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-23.
Texto consolidado
1. El Departamento de Relaciones y Evaluación es el órgano responsable de las relaciones institucionales y públicas, del protocolo y de la evaluación de las capacidades operativas de las unidades de la UME.
2. La Consejería Técnica es el órgano de apoyo inmediato y asistencia directa a los Generales de la UME, responsable además de la Comunicación Pública y Estratégica. En el ejercicio de sus cometidos en el ámbito de la Comunicación Pública y Estratégica, dependerá funcionalmente de la Dirección de Comunicación Institucional del Ministerio de Defensa.
3. La Sección de Asuntos Económicos es responsable de la gestión económica, administración y contabilidad de los recursos financieros asignados a la UME.
4. La Asesoría Jurídica es el órgano consultivo y asesor del General Jefe en materia jurídica. En el ejercicio de sus cometidos, dependerá funcionalmente de la Asesoría Jurídica General de la Defensa.
5. El Cuartel General de la UME contará con una Intervención Delegada que ejercerá el control interno de la gestión económico-financiera en los términos previstos por la Ley General Presupuestaria; el ejercicio de la notaría militar, en la forma y condiciones establecidas en las leyes, y el asesoramiento económico-fiscal.