Artículo 10. Tasas.
Artículo 10 de la Orden de 9 de diciembre de 1999 sobre cambio de matrícula por motivos de seguridad y sobre autorizaciones de circulación para vehículos con dispositivos retrorreflectantes. · BOE-A-1999-23609
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-12.
Texto consolidado
La formalización del cambio de matrícula por razones de seguridad personal ante la Jefatura de Tráfico está exenta del pago de las tasas establecidas en la Ley 16/1979, de 2 de octubre, sobre tasas de la Jefatura Central de Tráfico.