Artículo 10. Responsabilidad por alteración de datos.
Artículo 10 de la Orden de 25 de abril de 1996 por la que se aprueban las normas reguladoras del Registro Central del Personal al Servicio de la Administración de Justicia y el programa para su implantación. · BOE-A-1996-10881
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-06-15.
Texto consolidado
La asignación o alteración fraudulentas de la información del Registro Central de Personal dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pueda corresponder.
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