Artículo 10.
Artículo 10 de la Orden de 22 de julio de 1987 por la que se aprueba, con carácter provisional, el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo de Policía. · BOE-A-1988-16144
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-07-18.
Texto consolidado
Los Consejeros, en el ejercicio legítimo de sus cargos, podrán instar, mediante escrito, la adopción de las iniciativas que estimen convenientes, que deberán ser contestadas de igual forma.