Artículo 10.
Artículo 10 de la Orden de 13 de junio de 1972 por la que se aprueba el Reglamento sobre Préstamo de Libros en las Bibliotecas Públicas de carácter general. · BOE-A-1972-919
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1972-07-13.
Texto consolidado
Los lectores, siempre que la disposición del local y las instalaciones lo permitan, tendrá acceso directo a los libros destinados al préstamo. En este caso, podrán retirarlos de los estantes, hojearlos, examinarlos e incluso consultarlos y leerlos en la Biblioteca. Cuando deseen retirarlos en préstamo, deberán presentarlos con la tarjeta a que se refiere el artículo 8.º, en el Servicio correspondiente, para que tome nota el encargado de esta tarea.