Artículo 10. Derechos y obligaciones de los miembros del Pleno.
Artículo 10 de la Orden APM/307/2018 de 14 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos de la Corporación de Derecho Público Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Guijuelo". · BOE-A-2018-4103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-24.
Texto consolidado
Los miembros del Pleno tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
a) A asistir a las reuniones a las que se los convoque.
b) A participar en los debates de las sesiones, y a formular ruegos y preguntas.
c) A ejercer el derecho al voto y a formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican.
d) A elegir y ser elegidos para ejercer los cargos de responsabilidad y representación que tiene atribuidos el propio Pleno.
e) A obtener la información precisa para cumplir las funciones asignadas.