El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo 10.

Artículo 10 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla. · BOE-A-1995-6359

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-03-15.

Texto consolidado

1. La Asamblea de Melilla se reunirá en sesiones ordinarias, previa convocatoria de su Presidente, en los términos y con la periodicidad que se establezcan en el Reglamento. En todo caso deberá celebrarse una sesión ordinaria, como mínimo, cada mes.

2. Asimismo se celebrarán sesiones extraordinarias cuando así lo decida el Presidente o lo solicite la cuarta parte al menos de los miembros de la Asamblea. En este último caso, la sesión extraordinaria se celebrará en el plazo máximo de dos meses a partir de la solicitud.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-03-15.

Más artículos de Ley Orgánica 2/1995

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 2/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.