Artículo 10. Definición.
Artículo 10 de la Ley Foral 10/2009, de 2 de julio, de Museos y Colecciones Museográficas Permanentes de Navarra. · BOE-A-2009-13502
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-18.
Texto consolidado
El Sistema de museos de Navarra se configura como la estructura destinada a agrupar los museos y las colecciones museográficas permanentes de la Comunidad Foral de Navarra que deseen cooperar con el fin de alcanzar mejoras en su gestión y servicios, y un mayor aprovechamiento de los recursos públicos y privados.