Artículo 10.
Artículo 10 de la Ley Foral 10/1991, de 16 de marzo, sobre prevención y limitación del consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad. · BOE-A-1991-23614
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-04-06.
Texto consolidado
Son infracciones muy graves:
1. La organización de campañas publicitarias sobre bebidas alcohólicas dirigidas a fomentar su consumo entre menores de edad o en las que participen menores.
2. La venta o dispensación de bebidas alcohólicas en Centros educativos de educación infantil, primaria, secundaria, de régimen especial en sus grados de elemental y medio, o en locales específicamente destinados o usados por menores de dieciocho años.
3. Cualquier actividad organizada de carácter comercial, industrial u otro similar dirigida directamente a incitar a los menores de edad al consumo de bebidas alcohólicas.
4. La reincidencia o reiteración en infracciones graves.