Artículo 10. Garantía por responsabilidad ambiental.
Artículo 10 de la Ley 9/2022, de 23 de noviembre, de régimen jurídico y de procedimiento de las actividades sujetas a autorización ambiental integrada. · BOE-A-2023-2978
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-19.
Texto consolidado
Las instalaciones sujetas a autorización ambiental integrada tendrán que disponer de la garantía financiera obligatoria para hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad, de acuerdo con lo que dispone la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental. La CMAIB velará por su cumplimiento, sin perjuicio de lo que determina el artículo 34 de la Ley 6/2009, de 17 de noviembre, de medidas ambientales para impulsar las inversiones y la actividad económica en las Illes Balears, o normativa que la sustituya.