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Ley Vigente

Artículo 10. Registro.

Artículo 10 de la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León. · BOE-A-2003-8797

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-04.

Texto consolidado

Adscrito a la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales se constituirá, a efectos estadísticos, un Registro de miembros de los Cuerpos de Policía Local y de los Vigilantes Municipales de la Comunidad de Castilla y León, en el que se inscribirá a quienes pertenezcan a los mismos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-05-04.

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