Artículo 10. Financiación.
Artículo 10 de la Ley 8/2022, de 27 de diciembre, de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. · BOE-A-2023-3294
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-24.
Texto consolidado
Las actuaciones en ciencia, tecnología e innovación, incluyendo las previstas en la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria (EPCTIC), se financiarán con cargo a:
a) Fondos públicos, a través de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de los programas y planes de la Administración General del Estado, y de los programas y planes de la Unión Europea.
b) Fondos privados, mediante aportaciones o inversiones de entidades de naturaleza privada a proyectos estratégicos compartidos en investigación, desarrollo e innovación, así como cualesquiera otras aportaciones de carácter privado que puedan realizarse.