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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 10. Establecimiento y regulación.

Artículo 10 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. · BOE-A-1989-8508

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

Texto consolidado

1. El establecimiento de las tasas, así como la regulación de los elementos esenciales de cada una de ellas, deberá realizarse con arreglo a Ley.

2. Son elementos esenciales de las tasas los determinados por la presente Ley en el capítulo siguiente.

3. Cuando se autorice por Ley, con subordinación a los criterios o elementos de cuantificación que determine la misma, se podrán concretar mediante norma reglamentaria las cuantías exigibles para cada tasa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público..

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