Artículo 10.
Artículo 10 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-2001-428
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-25.
Texto consolidado
El Consejero competente en materia de agricultura y ganadería ejerce la superior dirección de los órganos de la Administración Autonómica con competencia en materia de pastos, hierbas y rastrojeras.