Artículo 10. División sexual del trabajo y oportunidades de empleo.
Artículo 10 de la Ley 6/2019, de 25 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-1533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-18.
Texto consolidado
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha realizará campañas de información, sensibilización y difusión de los recursos que impulsen la ruptura de la división sexual del trabajo insertando el cuidado entre los derechos y deberes de las mujeres y los hombres.
2. Asimismo podrá promover ayudas o subvenciones que fomenten para las mujeres nuevas oportunidades de empleo por cuenta ajena o de autoempleo, así como programas específicos de empoderamiento, motivación y liderazgo.