Artículo 10. Préstamos de uso o comodatos deducibles.
Artículo 10 de la Ley 6/2015, de 30 de marzo, por la que se regula el mecenazgo deportivo y se establecen medidas tributarias. · BOE-A-2015-4791
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-10.
Texto consolidado
Da derecho a practicar las deducciones y reducciones previstas en esta ley el préstamo de uso o comodato de bienes de interés deportivo, de bienes inventariados, así como de locales, terrenos o inmuebles para la realización de proyectos o actividades deportivas que cumplen las condiciones establecidas en el artículo 2 de esta ley.